Infomedula

jueves 11 de marzo de 2010

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Contratación de trabajadores con discapacidad

Contrato de trabajo ordinario indefinido

Características

  • Se realiza por tiempo indefinido, a tiempo completo o parcial.
  • La indemnización por despido prevista será de 33 días de salario por año de servicio, y hasta un máximo de 24 mensualidades.

Incentivos

  • Subvención de 650.000 ptas. al comienzo del contrato. En los contratos a tiempo parcial la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.
  • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social en las siguientes cuantías: 70% menores de 45 años y 90% mayores de 45 años.
  • 800.000 ptas. de deducción en el Impuesto de Sociedades por cada persona/año de incremento de plantilla de minusválidos contratados.
  • Subvención para adaptación de puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal hasta 150.000 ptas.

Normativa

  • Real Decreto 1451/83, de 11 de mayo.
  • Orden Ministerial de 13 de abril de 1994.
  • Apartado Quinto de la Disposición Final Segunda de la Ley 40/98, de 9 de diciembre.
  • Ley 63/97 de 26 de diciembre.
  • Real Decreto 4/1999 de 8 de enero.

Contrato de trabajo para el fomento de la contratación indefinida

Características

  • Se realiza por tiempo indefinido, a tiempo completo o parcial.
  • Destinado a desempleados o empleados con contratos temporales.
  • En caso de extinción por causas objetivas, declarada improcedente, la cuantía de la indemnización será de 33 días de salario por año de servicio, y hasta un máximo de 24 mensualidades.
  • Esta medida estará vigente hasta el 16-5-2001.

Incentivos

  • Subvención de 650.000 ptas. al comienzo del contrato. En los contratos a tiempo parcial la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.
  • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social en las siguientes cuantías: 90% mayores de 45 años y 70% resto de trabajadores.
  • Deducción de 800.000 ptas. en el Impuesto de Sociedades por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores minusválidos contratados por tiempo indefinido.
  • Subvención para adaptación de puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal hasta 150.000 ptas.

Normativa

  • Real Decreto 1451/1983 de 11 de mayo.
  • Disposición Adicional Primera de la Ley 63/1997, de 26 de diciembre.
  • Real Decreto 4/1999 de 8 de enero.

Contrato para la formación para trabajadores minusválidos

Características

  • Tiene por objeto la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
  • Duración mínima de 6 meses hasta 2 años, ampliables a 4 años.
  • Al ser trabajador minusválido, no existe límite de edad.
  • Los trabajadores minusválidos contratados para la formación no se computarán para determinar el número máximo de contratados para la formación que las empresas pueden tener en función de su plantilla.
  • Cuando los trabajadores contratados para la formación no hayan finalizado los ciclos educativos comprendidos en la escolaridad obligatoria la formación teórica tendrá como primer objetivo completar dicha educación.
  • Pueden transformarse en indefinidos obteniendo los beneficios establecidos.

Incentivos

  • Bonificación del 50% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social, previstas para los contratos para la formación.

Normativa

  • Real Decreto 488/98, de 27 de marzo por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.
  • Orden de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación.
  • Resolución de 26 de octubre de 1998, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se aprueba el modelo de contrato para la formación y se dictan instrucciones para el desarrollo y aplicación de la Orden de 14 de julio de 1998.

Contrato de trabajo temporal para trabajadores minusválidos

Características

  • Contratos temporales cuya duración no podrá ser inferior a doce meses ni superior a tres años, celebrados a jornada completa.
  • Podrán prorrogarse antes de su finalización por periodos no inferiores a doce meses.
  • Pueden transformarse en indefinidos obteniendo los beneficios establecidos.

Incentivos

  • Reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes para el primer trabajador contratado.
  • Reducción del 75% de las cuotas empresariales para el resto de trabajadores minusválidos que se contraten.

Normativa

  • Ley 13/1996, de 30 de diciembre.
  • Artículo 44 de la Ley 42/94, de 30 de diciembre.
  • Ley 63/97 de 26 de diciembre.
  • Ley 64/97 de 26 de diciembre.
  • Ley 55/99 de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. Artículo 28.

Contrato en prácticas para trabajadores minusválidos

Características

  • Pueden celebrarse con personas en posesión de titulación universitaria o de formación profesional específica, o con títulos oficialmente reconocidos como equivalentes.

  • Se celebrarán en los 6 años inmediatamente siguientes a la terminación de los estudios.
  • No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de 2 años, a tiempo completo o parcial.
  • Pueden transformarse en indefinidos obteniendo los beneficios establecidos.

Incentivos

  • Siempre que el contrato se celebre a tiempo completo, las empresas tendrán derecho a una reducción, durante la duración del contrato, del 50% de la cuota empresarial de la Seguridad Social.

Normativa

  • Real Decreto 488/98 de 27 de marzo por el que se desarrolla el articulo 11 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratos formativos.

Contrato por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en C.E.E

Características

  • Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de centros especiales de empleo del INEM o, en su caso, en el correspondiente de las Administraciones Autónomicas.
  • Se puede celebrar cualquier tipo de contrato que recoja el Estatuto de los Trabajadores, siempre formalizado por escrito.
  • Respecto a los contratos de trabajo a domicilio, no podrán realizarse con minusválidos psíquicos y en el contrato se harán constar las adaptaciones técnicas y las medidas de ajuste personal y social que el CEE pone a disposición del trabajador discapacitado.

Incentivos

Para contratación

  • Subvenciones, en conjunto, de 2.000.000 de ptas. Por puesto de trabajo creado de carácter estable, si el centro especial de empleo supera el 90% de trabajadores minusválidos respecto al total de su plantilla.
  • Subvenciones de 1.500.000 ptas. Por puesto de trabajo creado de carácter estable si el número de trabajadores minusválidos en plantilla está entre el 70 y el 90% del total de la plantilla.

Para el mantenimiento de puestos de trabajo

  • Bonificación del 100 por 100 de la cuota empresarial total a la Seguridad Social.
  • Subvención del coste salarial de cada trabajador minusválido por un importe del 50% del salario mínimo interprofesional.
  • Subvención para adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas no superior a 300.000 ptas.

Normativa

  • Real Decreto 1368/85, de 17 de julio y Real Decreto 2273/85 , de 4 de diciembre.
  • Orden Ministerial de 22 de febrero de 1996.
  • Orden Ministerial de 16 de Octubre de 1998.
  • Real Decreto 427/99, de 12 de marzo.

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